El crédito hipotecario medio en agosto superó los 116.217 euros, un 17,7% más que el mismo mes de 2002, según un reciente informe del INE. Quizá por eso mucha gente dice en broma que están casados con su hipoteca, y lo cierto es que no andan del todo desencaminados. Es muy probable que les traiga muchos más quebraderos de cabeza abandonar a su pareja que ignorar las cuotas del banco. Afortundamente, al igual que existe el divorcio, también cabe la posibilidad de liberarse del yugo hipotecario. Eso sí, ninguno de los dos tipos de separación sale gratis.
Negociación. A la hora de negociar con la entidad bancaria las condiciones de nuestra futura hipoteca, uno de los aspectos fundamentales a tratar son las comisiones a pagar por cancelación total o parcial o por subrogación (cambiar de entidad bancaria) de la hipoteca. Aunque en un primer momento no parezca probable contar con el dinero suficiente para cancelar de golpe la hipoteca o parte de ella, conviene tener las todas las posibilidades bien atadas. No es imposible que el día de mañana nos encontremos con unos miles de euros inesperados encima de la mesa, ya sea por una herencia o porque nos ha tocado la lotería de Navidad.
Cláusulas. Lo más habitual es que la comisión por cancelación parcial sea del 0% y por cancelación total o subrogación, del 1%. Pero también hay que prestar atención a las cláusulas del contrato hipotecario, que suelen imponer restricciones. Las más frecuentes son determinar el importe máximo de cancelación parcial anual (normalmente, el 25% del capital pendiente) u obligar a llevar a cabo la amortización obligatoriamente en fecha de revisión de intereses.
Cancelación. Por último, una vez efectuada la cancelación financiera, hay que asegurarse de que el banco cumpla su parte del trámite de la cancelación registral. Indispensable para liberarnos legalmente de la hipoteca y salir a celebrarlo. Se trata de la formalización de la cancelación económica presentando en el Registro de la Propiedad una escritura notarial de cancelación. Los bancos suelen hacerse cargo de los gastos que implica la obtención de esta escritura.
Comisión por endeudarse
También hay que negociar la comisión de apertura, pues conviene que sea lo más baja posible, ya que no es un gasto deducible. Habitualmente, se encuentra entre un 1 y un 2%, pero siempre cabe la posibilidad de encontrar, sobre todo en entidades que operan por Internet, ofertas con un 0% de comisión.
Información extraída: “20 minutos”
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